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Procedimientos Tributarios

Sobre los Procedimientos Tributarios

¿Qué es un procedimiento tributario?

Un procedimiento tributario surge cuando al  presentar una autoliquidación de un impuesto por el contribuyente (IRPF, IVA, Sociedades, Sucesiones y Donaciones o Transmisiones Patrimoniales) o el contribuyente recibe la carta de pago de un impuesto liquidado por la Administración Tributaria (Plusvalia) pero no estamos de acuerdo con cuotra tributaria a pagar, surgen problemas con la propia Administración y hay que encauzarlo mediante algunos de los procedimientos que la ley contemplan.

¿Cuándo surge el problema?

Generalmente estos problemas surgen con los impuestos que requieren autoliquidación (IRPF, IVA, Sociedades, Sucesiones y Donaciones), porque Hacienda considera que ha habido errores en la declaración o el contribuyente no ha declarado alguna circunstancia.

¿Cuáles son los procedimientos?

La ley diferencia cinco cuatro procedimientos iniciales:

  • Procedimiento de verificación de datos.
  • Procedimiento de comprobación limitada.
  • Procedimiento de inspección.
  • Procedimiento de comprobación de valores.

¿Qué consecuencias tiene la apertura de un procedimiento?

Hay dos tipos de consecuencias, la primera es la notificación de una liquidación provisional cuando hay divergencia entre lo declarado o dejado de declarar por el contribuyente y la segunda la sanción por infrigir la norma.

¿Que puede hacer el contribuyente?

El contribuyente tiene las siguientes vías ante la apertura de un procedimiento:

  • Presentar alegaciones.
  • Interponer un recurso de reposición.
  • Interponer reclamación economica administrativa ante el Tribunal Economico Administrativo Regional o en segunda instancia ante el Tribunal Economico Administrativo Central.
  • Agotada la vía administrativa y si no hay ningún tipo de éxito, puede acudir a la vía juridicial a través de la interponisición del Recurso Contencioso Administrativo.

¿Dónde puede derivación un procedimiento tributario?

Un procedimiento tributario inicial puede derivar a un expediente de derivación de responsabilidad cuando hacienda considere que tras el deudos principal existan otra personas que han colaborado en la infracción de la norma. Estas personas son los llamados responsables tributarios solidario o subsidiario.

El Derecho no se consigue, se conquista

Defendiendo tus derechos con responsabilidad, empatía, transparencia, lealtad, honorabilidad y disponibilidad.

Ofrecemos servicios jurídicos a particulares, profesionales y empresas para la solución de problemas que surgen por presentar la declaracion de los impuestos de la Renta, IVA, Sociedades, Sucesiones y Donaciones así como la Plusvalía.

Estos procedimientos son iniciados por la Administración notificando al interesado algunos de los siguientes actos:

  • Requerimientos.
  • Liquidación tributaria.
  • Sanción tributaria.

Ofrecemos servicios jurídicos a particulares, profesionales y empresas para la solución de problemas que surgen por presentar la declaracion de los impuestos de la Renta, IVA, Sociedades, Sucesiones y Donaciones así como la Plusvalía.

Estos procedimientos son iniciados por la Administración notificando al interesado algunos de los siguientes actos:

Asesoramos y representamos al contribuyente frente a la Administración Tributaria (Hacienda Estatal, Autonomica o Local), por los siguientes procedimientos:
  • Verificación de datos.
  • Comprobación limitada.
  • Comprobación valores.
  • Inspección.
  • Expedientes de derivación de responsabilidad tributaria.
  • Procedimiento de recaudación, apremio y embargos
Te defendemos, acompañamos y presentamos en tu nombre las siguientes actuaciones profesionales:
  • Comparecencia ante el actuario o inspector jefe.
  • Alegaciones.
  • Recursos de reposición.
  • Recursos economico adminitrativos.
  • Recursos contencioso administrativo.
  • Alegaciones en tasación pericial contradictoria.
  • Recursos extraodinarios.
  • Recursos de casación al Tribunal Supremo
  • Recursos de amparo al Tribunal Constitucional.
  • Defensa en procedimiento penal por:

    – Delitos contra la Administración Tributaria.

    – Delitos contra el patrimonio y el orden socieconomicos relacionados: Delitos societarios, blanqueo de capitales, alzamiento de bienes, estafa y falsedad documental.

Adaptación

Ofrecemos todos nuestros servicios adaptándonos a las exigencias y necesidades de nuestros clientes.

Multidisciplinar

Abogados, mediadores, asesores tributarios y de empresas y politólogos especializados en gestión pública.

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Cualificación académica y experiencia para ofrecer un servicio integral con un amplio enfoque y posibilidades.

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